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Residencia por PAMI: cómo pedirla, requisitos y cuánto se paga

Actualizado el 19/09/2026

PAMI da residencia de larga estadía a personas afiliadas de 60 años o más que necesitan ayuda para la vida diaria y no pueden recibirla en su casa. Se pide por la web de PAMI o en una agencia con turno, y hay que presentar estudios médicos y formularios. No es automática: PAMI evalúa cada caso y descuenta de la jubilación un porcentaje que depende de cuánto cobra la persona.

Quién puede pedirla

Según PAMI, el servicio es para personas que cumplen todo esto:

  • tienen 60 años o más y están afiliadas a PAMI;
  • necesitan apoyo y cuidados para las actividades de la vida diaria (bañarse, vestirse, comer);
  • no pueden recibir esos cuidados en su entorno.

El trámite lo puede iniciar la persona afiliada, su apoderado o un familiar.

PAMI da prioridad a quienes cobran menos de dos haberes mínimos (Resolución 896/2023).

Quién queda afuera

PAMI no da este servicio a quien necesita:

  • atención médica de segundo nivel (internación en clínica);
  • atención por un cuadro agudo de salud mental, confusión o delirio, o tiene conductas agresivas frecuentes;
  • tratamiento actual por consumo problemático de sustancias.

Tampoco se da a quienes, por sus síntomas o su conducta, no pueden convivir con otras personas en la residencia.

También quedan afuera los casos con causa penal activa por violencia de género o con prisión domiciliaria.

Qué documentación necesitás

  1. Recibo de haberes totales (jubilación y/o pensión).
  2. Formulario de evaluación integral de salud (Anexo II), completado por el médico.
  3. Estudios:
    • radiografía de tórax informada
    • PPD (reacción de Mantoux), o una constancia de un profesional de que la persona no tiene enfermedades infectocontagiosas
    • hemograma completo
    • análisis completo de orina
  4. Consentimiento libre e informado (Anexo III). Ahí elegís al menos tres residencias de preferencia.
  5. Acta compromiso (Anexo IV), firmada por la persona y su red de apoyo.
  6. Cualquier otro papel que pida la agencia.

Los formularios están en la página del trámite en pami.org.ar.

Paso a paso

  1. Pedile al médico de cabecera el formulario de salud y los estudios.
  2. Iniciá el trámite web en pami.org.ar (sección Residencias para personas mayores → "Iniciar este trámite web"). También podés hacerlo en tu agencia con turno previo.
  3. Subí la documentación escaneada o con fotos claras.
  4. Entrevista social. PAMI hace una evaluación sociosanitaria del caso.
  5. Asignación. Si aprueban el pedido, te asignan una residencia según las vacantes.
  6. Seguimiento. El estado se consulta en pami.org.ar/tramites/consultar.

Cuánto tarda

PAMI no publica un plazo. El Destape informó en junio de 2026 que el trámite pasó a ser digital para acortar tiempos, pero que la asignación no es automática ni inmediata. Conviene empezar antes de que la situación sea urgente.

Cuánto se paga: el coseguro

La residencia de PAMI no tiene cuota. PAMI descuenta un coseguro de los haberes totales de la persona titular. Estos porcentajes están en la Resolución 896/2023 y se aplican a los ingresos desde ese año. No encontramos una norma posterior que los cambie, pero PAMI no los publica en la página del trámite: confirmalos en la agencia.

Si la persona cobra en total… Descuento Con el haber mínimo de sept. 2026 ($428.633,20), eso es…
Menos de 1 haber mínimo, o tiene hijos a cargo 0% (exenta) menos de $428.633,20
Más de 1 y hasta 2 haberes mínimos 20% hasta $857.266,40
Más de 2 y hasta 3 40% hasta $1.285.899,60
Más de 3 y hasta 4 60% hasta $1.714.532,80
Más de 4 70% más de $1.714.532,80

La última columna es un cálculo nuestro, con el haber mínimo de septiembre de 2026 (Resolución ANSES 257/2026). El monto cambia todos los meses.

Tres cosas que te conviene saber:

  • El coseguro se aplica solo a titulares, no a afiliados a cargo.
  • La UGL (la oficina regional de PAMI) puede bajar el porcentaje en casos excepcionales, si se justifica.
  • Para personas que ya estaban en residencia antes de esta resolución (julio de 2023), sigue el coseguro que tenían.

Qué incluye

Según PAMI, incluye:

  • alojamiento y comida
  • cuidados y enfermería
  • atención psicosocial
  • terapia ocupacional
  • recreación
  • salud de baja complejidad

No son clínicas ni hospitales.

La Resolución 896/2023 además exige a las residencias con convenio:

  • Visitas todos los días, con un horario amplio: como mínimo 5 horas a la mañana y 7 a la tarde.
  • Atención sin sujeciones. Nada de atar a la persona ni sedarla para contenerla, salvo urgencias excepcionales y con indicación médica documentada.
  • Medicamentos con recetario PAMI. La residencia los consigue y paga la parte que PAMI no cubre. En la residencia general (RLE), los psicofármacos quedan a cargo de la persona o su familia.

La misma resolución aclara que la residencia no está obligada a dar artículos personales, ropa, perfumería ni pañales (absorbentes), ni audífonos, anteojos u ortesis. Eso lo aporta la persona o su familia.

Hay dos tipos de residencia: la general (RLE) y la especializada en cuidados psicogerontológicos (RLEP), para personas que además necesitan supervisión y cuidados psicogerontológicos.

Los aranceles "congelados": qué significa para vos

El arancel es lo que PAMI le paga a la residencia por cada afiliado. No es lo que paga la familia.

  • El congelamiento. El último aumento de 2025 rigió desde agosto de ese año (Resolución 1771/2025). En abril de 2026, la Cámara Argentina de Prestadores Gerontológicos dijo que estaban "congelados desde agosto de 2025". Según esa cámara, PAMI pagaba unos $1.500.000 por residente por mes, contra un costo de unos $2.300.000.
  • El aumento posterior. El 1 de julio de 2026, PAMI aprobó un aumento del 8% para todas las residencias con convenio. Rige desde junio de 2026 y se calcula sobre los valores de diciembre de 2025 (Resolución 2021/2026).

Para la familia: el coseguro sale de la jubilación, no de este arancel. Si una residencia con convenio te pide un pago extra por un ingreso por PAMI (más allá de los artículos personales y pañales que no está obligada a dar), consultalo antes en la agencia o hacé un reclamo en pami.org.ar/reclamo/residencias-larga-estadia.

¿Hay alguna ayuda económica?

  • Para pagar un geriátrico privado: no encontramos en PAMI ningún subsidio.
  • Para un cuidador en casa: existe el Subsidio para auxiliar domiciliario. Es un apoyo económico parcial para afiliados con dependencia funcional y sin red de cuidado suficiente. Lo evalúa el equipo social de PAMI. La página no publica el monto.

La alternativa: ingresar como privado

Si no querés esperar o querés elegir el lugar, la persona puede ingresar a una residencia privada. En ese caso la familia paga la cuota completa. Mirá nuestra guía de precios.

Si más adelante pensás pedir PAMI, te sirve saber qué residencias tienen convenio. PAMI publica el listado de prestadoras en su portal de datos abiertos (actualizado en agosto de 2026).

Para personas sin cobertura ni recursos hay opciones públicas:

  • En CABA: los Hogares de residencia permanente del Gobierno de la Ciudad. Son para mayores de 60 sin vivienda, sin red de apoyo, sin ingresos suficientes y sin obra social que cubra internación geriátrica.
  • En la Provincia: el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad tiene Hogares de Personas Mayores para quienes no tienen recursos suficientes. El teléfono es 0800-666-7232.

Preguntas frecuentes

¿Puedo elegir la residencia? En el consentimiento proponés al menos tres de preferencia. La asignación final depende de la evaluación y de las vacantes.

¿Tiene costo el trámite? La página de PAMI no menciona costos del trámite. Lo que sí hay es el coseguro mensual sobre la jubilación, si corresponde.

¿Lo puede hacer un hijo o una hija? Sí. Lo puede iniciar un familiar o un apoderado, además de la persona afiliada.

¿Me pueden decir que no? Sí. La prestación no es universal y depende de la evaluación. Además, hay criterios de exclusión, como necesitar internación clínica o psiquiátrica aguda.

¿Qué hago si hay un problema en la residencia de PAMI? Hacé el reclamo en pami.org.ar/reclamo/residencias-larga-estadia o en tu agencia. Si el lugar está en CABA, también podés pedir una inspección a la Ciudad (mirá la guía para elegir un geriátrico).

¿El coseguro puede ser del 80%? Algunos medios lo dijeron. La Resolución 896/2023 fija un máximo de 70% para ingresos desde 2023. Confirmá tu caso en la agencia.

Si querés ayuda para elegir, escribinos a BienCuidar; es gratis.

Fuentes

  1. PAMI – Residencias para personas mayores (trámite) (consultado 2026-09-19)
  2. PAMI – Guía de trámites: Residencias de larga estadía (consultado 2026-09-19)
  3. INSSJP – RESOL-2023-896-INSSJP-DE (Programa de Atención Integral en Residencias de Larga Estadía) (05/07/2023)
  4. Boletín del Instituto (PAMI) N° 4984 – RESOL-2026-2021-INSSJP-DE (aumento de aranceles de residencias) (02/07/2026)
  5. Canal 12 Misiones – "Los aranceles están congelados desde agosto de 2025" (Cámara Argentina de Prestadores Gerontológicos) (15/04/2026)
  6. El Destape – PAMI digitalizó el ingreso a residencias (02/06/2026)
  7. Boletín Oficial – ANSES, Resolución 257/2026 (haber mínimo desde septiembre de 2026) (01/09/2026)
  8. PAMI Datos Abiertos – Listado de residencias de larga estadía prestadoras (agosto 2026) (06/08/2026)
  9. PAMI – Subsidio para auxiliar domiciliario (consultado 2026-09-19)
  10. GCBA – Hogares de residencia permanente (consultado 2026-09-19)
  11. Provincia de Buenos Aires – Personas Mayores (Hogar de Personas Mayores) (consultado 2026-09-19)