Cómo saber si un geriátrico está habilitado: CABA, Provincia de Buenos Aires y resto del país
Actualizado el 07/10/2026
En resumen: En CABA, buscá la residencia por dirección en el listado oficial que publica la Ciudad: si no figura, no está inscripta en el registro obligatorio. En la Provincia de Buenos Aires no encontramos un buscador público: mirá el certificado de habilitación del Ministerio de Salud, que tiene que estar a la vista en la entrada, y confirmalo con el ministerio o con el municipio.
Un geriátrico habilitado es uno que el Estado autorizó a funcionar y que está inscripto en el registro oficial de su jurisdicción. En CABA se comprueba en un listado público en internet. En la Provincia de Buenos Aires, con el certificado del Ministerio de Salud que tiene que estar en la entrada. En el resto del país, cada provincia tiene su sistema. Comprobalo antes de firmar o pagar nada.
Habilitación e inscripción: dos cosas distintas
Las dos son obligatorias.
- La habilitación es la autorización para funcionar en ese edificio. Según la Ciudad, asegura que el lugar esté en condiciones de seguridad, protocolos y planes de evacuación.
- La inscripción en el registro pone a la residencia bajo la ley de geriátricos. Para inscribirse tiene que tener, por ejemplo, profesionales con título vigente y energía eléctrica de respaldo.
En CABA, la Ley 5670 (con el texto que le dio la Ley 6645) dice que las residencias y los hogares de día no pueden funcionar sin habilitación e inscripción actualizada en el Registro. En la Provincia, el Decreto 1190/12 dice lo mismo para el "Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Geriátricos de la Provincia de Buenos Aires".
Estar habilitado no garantiza un buen trato. Es el piso. Después hay que visitar el lugar con la checklist para elegir un geriátrico.
En CABA: el listado oficial de la Ciudad
Quién controla. La autoridad de aplicación de la Ley 5670 es el Ministerio de Salud de la Ciudad. El trabajo lo hace la Unidad Ejecutora de Registro y Regulación de Establecimientos Geriátricos (UERyREG), creada en 2017. Lleva el Registro Único y Obligatorio e inspecciona las residencias privadas con médicos y nutricionistas, con apoyo de personal de la Agencia Gubernamental de Control. Si encuentra irregularidades, puede suspender a una residencia o sacarla del Registro.
La habilitación del local es otro trámite: según la Ciudad, la registra la Dirección General de Habilitaciones y Permisos. La ley exige tenerla para poder inscribirse.
Dónde ver el listado. En buenosaires.gob.ar, sección Salud, entrá a "Listado de establecimientos geriátricos". Lo publica la UERyREG, ordenado por comuna. La versión que consultamos dice "Actualizado al 15/09/2026" y tiene 414 entradas. Cada línea se ve así:
Nombre : Dirección. Categoría A-C
Cómo buscar bien:
- Buscá por la calle y la altura, no solo por el nombre. Hay nombres que se repiten: en el listado figura un "Hogar San Martín" privado en Carlos Calvo 1855, distinto del hogar público del mismo nombre.
- Mirá la categoría. Una residencia habilitada solo como "A" es para personas autoválidas, no para personas con dependencia. Las letras están en la guía de categorías de CABA.
En las páginas de geriátricos en CABA marcamos como "Habilitada" a las residencias que figuran en ese listado, con su categoría.
En la residencia. La constancia de inscripción en el Registro tiene que estar exhibida en un lugar visible del establecimiento. La autentica la UERyREG (Resolución 2763/MS/17).
Si no aparece. Antes de firmar, consultá a la UERyREG: consultasgeriatricoscaba@buenosaires.gob.ar o 4323-9000, internos 9601/09. También podés llamar al 147.
Los hogares que administra el propio Gobierno de la Ciudad no están en el listado: la Ley 5670 regula a los establecimientos privados. Los explicamos en la guía de geriátricos públicos y gratuitos.
En la Provincia de Buenos Aires: el certificado del Ministerio de Salud
Rigen la Ley 14.263 y su Decreto reglamentario 1190/12. Lo que dicen sobre la habilitación:
- La da el Ministerio de Salud de la Provincia, que es la autoridad de aplicación. El pedido entra por el municipio: cada uno tiene que tener un Área de Establecimientos Geriátricos que recibe la solicitud y la manda a la Dirección de Fiscalización Sanitaria del ministerio, que la resuelve.
- La habilitación definitiva es la provincial. El municipio la registra y también puede inspeccionar. Si te muestran solo un papel municipal, preguntá por la habilitación del ministerio.
- El certificado tiene que estar a la vista, en la entrada, a no más de dos metros de altura.
- El registro es público y gratuito. El decreto dice que el ministerio tiene que publicarlo actualizado en su página web. Al 7 de octubre de 2026 no encontramos ese listado publicado.
Cómo comprobarlo en la práctica:
- Mirá el certificado en la entrada. Anotá el nombre, la dirección y la categoría (A1, A2, B o C; están en la guía de categorías).
- Pedí una copia del acto de habilitación.
- Confirmalo con el Ministerio de Salud, al (221) 429-2700 (informes de lunes a viernes, de 7 a 18), o con el área de geriátricos de tu municipio. Pasales el nombre, la dirección y los datos del certificado.
- Fijate si hay libro de quejas. Todo geriátrico de la Provincia tiene que tener uno, con hojas selladas por el ministerio, en la entrada y a disposición de residentes, familiares y visitantes.
Algunos municipios lo publican: Bahía Blanca difunde el registro de geriátricos autorizados que le provee la Región Sanitaria I del ministerio.
En otras provincias
Cada provincia tiene sus normas y su organismo de control. Preguntale a la residencia qué organismo la habilitó y con qué número, y confirmalo ahí.
Algunas ciudades publican listados:
- Rosario: la Municipalidad publica los geriátricos habilitados (actualizado al 1 de marzo de 2026) y, en la misma página, los clausurados.
- Córdoba (ciudad): la Dirección de Entes Privados publica los geriátricos privados habilitados en el portal de datos abiertos de la Municipalidad (última actualización: mayo de 2025).
REFES. El Registro Federal de Establecimientos de Salud, del Ministerio de Salud de la Nación, se consulta en sisa.msal.gov.ar. Ahí las residencias figuran como "Establecimiento de salud con internación especializada en tercera edad", y los datos los carga cada provincia. Sirve como referencia, pero no prueba que la habilitación esté vigente. Y está incompleto: de las 414 residencias del listado porteño, en nuestro cruce de datos encontramos 161 en REFES.
Si tiene convenio con PAMI
PAMI publica el listado de residencias prestadoras en su portal de datos abiertos (actualizado en agosto de 2026). Podés verlas por zona en geriátricos de PAMI.
El convenio y la habilitación son cosas distintas. PAMI puede pedirle a la residencia la documentación de sus habilitaciones, pero igual confirmala por la vía de tu jurisdicción.
Qué pedirle a la residencia
- En CABA: la constancia de inscripción en el Registro Único y Obligatorio.
- En la Provincia: el certificado de habilitación del Ministerio de Salud.
- La categoría y la cantidad de camas habilitadas. Si te dicen que reciben personas postradas, la categoría tiene que permitirlo.
- El nombre de los directores. En CABA, el registro pide un director institucional y uno técnico-administrativo. En la Provincia, la ley exige un director de salud con título universitario.
- Si tuvo sanciones. En CABA, el Registro tiene que guardar ese historial. Si dudás, preguntale a la UERyREG.
- Que la dirección del papel sea la del edificio que estás visitando.
Si no está habilitada, o no lo podés confirmar
- No firmes ni pagues adelantos hasta tenerlo claro.
- Si tu familiar ya vive ahí, pedí explicaciones por escrito y hacé la consulta o la denuncia:
- CABA: reclamo de inspección por Trámites a Distancia, con usuario miBA. Con identidad reservada, al 4362-5674 o en Av. Juan de Garay 799. También por mail a consultasgeriatricoscaba@buenosaires.gob.ar o al 147.
- Provincia de Buenos Aires: formulario "Denuncias geriátricos" en la página del Ministerio de Salud, o en el área de geriátricos del municipio. El Decreto 1190/12 prevé denuncias incluso por teléfono ante la Dirección de Fiscalización Sanitaria, y que se atiendan dentro de las 24 horas. Si podés, dejala también por escrito.
- Otras provincias: ante el organismo que controla los geriátricos. Si no sabés cuál es, preguntá en el ministerio de salud provincial o en el municipio.
- Si hay un riesgo inmediato, llamá al 911.
- Si clausuran el lugar. En la Provincia, el municipio y el ministerio tienen que contactar a las familias o derivar a los residentes a otras instituciones.
En BienCuidar no publicamos residencias que figuran en un listado oficial de clausuradas.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si un geriátrico está habilitado en CABA? Buscalo por dirección en el "Listado de establecimientos geriátricos" que publica la Ciudad en buenosaires.gob.ar. Si figura, está inscripto en el Registro Único y Obligatorio, y al lado aparece su categoría.
¿Hay un listado de geriátricos habilitados de la Provincia de Buenos Aires? El Decreto 1190/12 dice que el registro es público y que el Ministerio de Salud lo tiene que publicar, pero al 7 de octubre de 2026 no encontramos un listado en línea. Mirá el certificado en la entrada y confirmalo con el ministerio o con el municipio.
¿Una habilitación municipal alcanza en la Provincia? No. La Ley 14.263 dice que la habilitación definitiva la otorga el Ministerio de Salud. El municipio la registra y puede inspeccionar.
¿Tener convenio con PAMI es lo mismo que estar habilitado? No. El convenio es un contrato con PAMI; la habilitación la da la Ciudad o la provincia. Confirmá las dos cosas.
Mi mamá ya vive en un lugar que no figura. ¿Qué hago? Primero consultá, porque puede ser un cambio de nombre o un error de carga. Si se confirma que no está inscripto, hacé la denuncia y empezá a buscar otro lugar con tiempo, salvo que haya un riesgo inmediato.
Si querés armar una lista de residencias de tu zona que figuran en registros oficiales, empezá por el buscador: Clara, la agente de IA de BienCuidar, te hace unas preguntas y te muestra las opciones que mejor encajan. Es gratis.
Fuentes
- GCBA – Listado de establecimientos geriátricos (UERyREG, actualizado al 15/09/2026) (consultado 2026-10-07)
- GCBA – Unidad Ejecutora de Registro y Regulación de Establecimientos Geriátricos (contacto) (consultado 2026-10-07)
- GCBA – UERyREG: funciones y atribuciones (consultado 2026-10-07)
- GCBA – UERyREG: preguntas frecuentes (habilitación, registro, denuncias) (consultado 2026-10-07)
- Ley 5670 CABA – Establecimientos para personas mayores (arts. 3, 8, 9, 10, 20 y 22) (13/12/2016)
- Ley 6645 CABA – Modifica la Ley 5670 (nuevo art. 4: habilitación e inscripción obligatorias) (06/06/2023)
- Resolución 2763/MS/17 CABA – Constancia de inscripción en el Registro y obligación de exhibirla (06/12/2017)
- Ley 14.263 Provincia de Buenos Aires – Establecimientos geriátricos (arts. 10, 11, 12 y 17) (2011)
- Decreto 1190/12 Provincia de Buenos Aires – Reglamentación de la Ley 14.263 (arts. 4, 5, 11, 12, 13 y 17) (2012)
- Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires – Denuncias (formulario de geriátricos y teléfono) (consultado 2026-10-07)
- Municipio de Bahía Blanca – Habilitación de geriátricos y registro de geriátricos autorizados (consultado 2026-10-07)
- Municipalidad de Rosario – Instituciones geriátricas habilitadas y clausuradas (consultado 2026-10-07)
- Municipalidad de Córdoba – Geriátricos privados habilitados (Dirección de Entes Privados) (consultado 2026-10-07)
- Ministerio de Salud de la Nación – Registro federal de residencias para personas mayores (REFES) (consultado 2026-10-07)
- PAMI Datos Abiertos – Listado de residencias de larga estadía prestadoras (agosto 2026) (consultado 2026-10-07)
- INSSJP – RESOL-2023-896-INSSJP-DE (supervisión de las residencias con convenio) (05/07/2023)
- GCBA – Reclamo de inspección en establecimientos residenciales para adultos mayores (consultado 2026-10-07)