Trámite de geriátrico por PAMI, paso a paso
Actualizado el 06/10/2026
En resumen: Cómo hacer el trámite de residencia de larga estadía de PAMI en 2026: quién lo inicia, qué papeles juntar, cómo cargarlo por la web, qué pasa después y qué hacer si no avanza.
El trámite de residencia por PAMI se hace por la web de PAMI o en una agencia con turno. Lo puede iniciar la persona afiliada, su apoderado o un familiar. Antes de cargarlo necesitás cuatro cosas: el acuerdo de la persona, un formulario de salud completado por un médico con cuatro estudios, el recibo de haberes y dos formularios firmados. Después PAMI evalúa el caso y, si lo aprueba, asigna una vacante en alguna de las residencias que elegiste.
Esta guía es el paso a paso práctico. Quién tiene derecho, qué incluye la residencia y cuánto se descuenta de la jubilación está en la guía de residencia por PAMI.
Antes de empezar: confirmá que el caso entra
PAMI da este servicio a personas afiliadas de 60 años o más que necesitan apoyo para las actividades de la vida diaria y no pueden recibirlo en su entorno. No es automático: depende de una evaluación sociosanitaria de PAMI.
Revisá los criterios excluyentes antes de juntar papeles. Por ejemplo, no corresponde si la persona necesita internación clínica o tiene un cuadro agudo de salud mental. La lista completa está en la página del trámite y en nuestra guía de PAMI.
Si la persona está internada y va a salir con necesidades complejas (sonda, oxígeno, escaras), leé también qué hacer cuando le dan el alta y no puede volver sola a casa.
Paso 1. Hablalo con la persona
El ingreso necesita el consentimiento de la persona mayor. El formulario de consentimiento (Anexo III) dice que ella acepta "de manera previa, voluntaria, libre y expresa" iniciar el trámite.
La Resolución 896/2023 de PAMI es clara: nadie más puede tomar esa decisión, salvo que haya una limitación de la capacidad dispuesta por un juez. Hay una sola excepción: si la persona no puede expresar su voluntad ni comprender de qué se trata, pueden firmar sus familiares directos cuando esperar una intervención judicial podría hacerle daño.
Lo explicamos mejor en la guía de derechos de las personas mayores en residencias.
Paso 2. Elegí al menos tres residencias
En el consentimiento tenés que anotar al menos tres residencias de preferencia. La asignación depende de que haya plazas en esas residencias.
- PAMI publica el listado de residencias con convenio en su portal de datos abiertos.
- En nuestro buscador podés ver qué residencias de tu zona figuran en ese padrón.
- Si podés, visitalas antes. La Resolución 896/2023 dice que la persona tiene que tener siempre la posibilidad de conocer la residencia antes de ingresar. Para la visita, usá la guía para elegir un geriátrico.
Paso 3. Pedí turno con el médico
El médico de cabecera (u otro profesional) completa el Anexo II, "Evaluación Integral de Salud". Son 11 páginas. Conviene llevarlo impreso.
- La primera parte es sobre salud general y capacidad funcional: diagnósticos, incontinencia, sondas, escaras, silla de ruedas y otros cuidados.
- La segunda parte es sobre salud mental. Incluye un test Mini Mental, que hay que adjuntar con firma y sello del profesional.
- Si en esa parte se marca alguno de los ítems destacados, un profesional de salud mental tiene que completar una tercera parte.
- El formulario se puede completar en el consultorio, en el domicilio o durante una internación.
Pedile también los estudios:
- radiografía de tórax informada;
- PPD (reacción de Mantoux), o una constancia de un profesional de que la persona no tiene enfermedades infectocontagiosas;
- hemograma completo;
- análisis completo de orina.
Paso 4. Juntá el resto de los papeles
- Recibo de haberes totales (jubilación y pensión, si cobra las dos).
- Anexo III, consentimiento libre e informado, con las tres residencias elegidas.
- Anexo IV, acta compromiso. La firman la persona y quien sea su referente o red de apoyo.
Leé el acta antes de firmarla. Quien firma como referente se compromete, entre otras cosas, a:
- hacer los trámites de salud y acompañar a consultas externas cuando haga falta;
- mantener al día el cobro de la jubilación;
- proveer lo que la residencia indique y no esté incluido, como ropa o elementos de ortopedia;
- presentarse en la residencia cuando se lo pidan.
El acta también avisa que el DNI y el recibo de haberes tienen que quedar en la residencia, y que no cumplir el acta puede dar de baja la prestación.
En el Anexo III y en el Anexo IV, el referente solo puede firmar en lugar de la persona si ella no puede expresar su voluntad ni comprender los alcances de la prestación.
Paso 5. Cargá el trámite
Por la web: entrá a la página del trámite en pami.org.ar, tocá "Iniciar este trámite web" y después "Solicitar el servicio". El formulario pide:
- el número de afiliación completo: los 14 dígitos de la credencial, incluidos los dos últimos, sin barras ni espacios;
- el número de documento;
- el número de trámite del DNI.
Después subís los papeles escaneados o en fotos claras. Si necesitás ayuda para hacerlo, PAMI atiende por teléfono al 138, opción 5.
En persona: podés hacerlo en tu agencia de PAMI. Sacá turno online antes.
Guardá el número de caso que te dan al terminar.
Paso 6. La evaluación de PAMI
Según la Resolución 896/2023, los equipos de la UGL (la oficina regional de PAMI) y de las agencias son los que llevan adelante el proceso de ingreso. PAMI evalúa la situación social y de salud, y puede pedir más documentación para la evaluación social.
Tiene prioridad quien cobra menos de dos haberes mínimos.
Paso 7. Asignación e ingreso
Si PAMI aprueba el pedido, asigna una vacante según la disponibilidad en las residencias elegidas. El consentimiento ya trae el porcentaje de coseguro que se va a descontar de la jubilación una vez que la persona ingrese. Cómo se calcula está en la guía de PAMI.
Al ingresar, los profesionales de la residencia tienen que hacer una valoración geriátrica integral junto con la persona, para ver qué necesita.
Cuánto tarda y cómo seguirlo
PAMI no publica un plazo. Lo podés seguir en pami.org.ar/tramites/consultar con el número de caso. Desde esa misma página podés sumar información al caso.
Conviene empezar antes de que la situación sea urgente: los estudios y el formulario médico llevan su tiempo.
Si no avanza o te lo niegan
- Pedí en la agencia que te expliquen el motivo, por escrito si es posible. Fijate si tiene que ver con algún criterio excluyente o con algún papel incompleto.
- Hacé un reclamo en pami.org.ar/reclamo/residencias-larga-estadia. Uno de los motivos que podés elegir es "Hay demora en el trámite / autorización por parte de PAMI".
- Defensoría del Pueblo de la Nación. Recibe quejas por mal funcionamiento, falta de respuesta o mala atención de organismos nacionales. Es gratis y no necesitás abogado. La queja va por escrito y firmada, con copia de los papeles y de los reclamos que hiciste. El plazo máximo es de un año desde el hecho. Teléfono: 0810-333-3762. Sede: Suipacha 365, CABA. Tené en cuenta que no interviene si sobre el mismo tema hay una resolución administrativa o judicial pendiente.
Mientras tanto, hay otras opciones:
- una residencia privada, que paga la familia (mirá la guía de precios);
- los hogares públicos de la Ciudad o de la Provincia, para personas sin cobertura ni recursos;
- el Centro de Día de PAMI o el subsidio para auxiliar domiciliario, si la persona puede seguir en su casa con apoyo.
Preguntas frecuentes
¿Lo puedo hacer yo, siendo hijo o hija? Sí. Lo puede iniciar la persona afiliada, su apoderado o un familiar. Igual, el consentimiento tiene que ser de ella, salvo las excepciones del Paso 1.
¿Qué datos necesito para el trámite web? El número de afiliación de 14 dígitos, el número de documento y el número de trámite del DNI de la persona afiliada.
¿Los estudios vencen? La página del trámite no fija un vencimiento. Si te piden estudios nuevos, te lo va a decir la agencia.
¿Puedo elegir una residencia que no tiene convenio con PAMI? No por esta vía. Las residencias del trámite son las que tienen convenio. Fuera de eso, el ingreso es privado.
¿Mi mamá no quiere ir. Igual puedo hacer el trámite? No. El ingreso requiere su consentimiento. Si no está en condiciones de decidir, consultá antes con un abogado o una defensoría.
¿PAMI tiene residencias propias? Sí, tiene un trámite aparte de "Residencias propias", con requisitos parecidos. Está en pami.org.ar.
Si querés ayuda para elegir las tres residencias, escribinos a BienCuidar; es gratis.
Fuentes
- PAMI – Residencias para personas mayores (trámite, documentación y criterios excluyentes) (consultado 2026-10-06)
- PAMI – Formulario web del trámite (datos que pide para iniciar la solicitud) (consultado 2026-10-06)
- PAMI – Anexo II: Evaluación Integral de Salud (consultado 2026-10-06)
- PAMI – Anexo III: Consentimiento libre e informado (consultado 2026-10-06)
- PAMI – Anexo IV: Acta compromiso (consultado 2026-10-06)
- INSSJP – RESOL-2023-896-INSSJP-DE (Programa de Atención Integral en Residencias de Larga Estadía) (05/07/2023)
- PAMI – Aprendé a hacer tu trámite web (ayuda telefónica 138, opción 5) (consultado 2026-10-06)
- PAMI – Consulta de estado de trámite (consultado 2026-10-06)
- PAMI – Reclamos sobre residencias para personas mayores (consultado 2026-10-06)
- Defensoría del Pueblo de la Nación – ¿Cómo presentar su queja? y Competencia (consultado 2026-10-06)
- PAMI Datos Abiertos – Listado de residencias de larga estadía prestadoras (consultado 2026-10-06)