CUD para adultos mayores: cuándo corresponde, cómo sacarlo y para qué sirve
Actualizado el 07/10/2026
En resumen: Una persona mayor puede tener el Certificado Único de Discapacidad (CUD) si una condición de salud de largo plazo, como una demencia o las secuelas de un ACV, le limita la vida diaria; la edad sola no alcanza. Es gratis, lo otorga una junta evaluadora que ve a la persona y permite pedirle a la obra social prestaciones como hogar, centro de día o asistencia domiciliaria.
El Certificado Único de Discapacidad (CUD) no tiene límite de edad. Una persona mayor lo puede tener si una condición de salud de largo plazo le limita la vida diaria: una demencia, las secuelas de un ACV, una enfermedad que le quitó movilidad, la pérdida de la vista. Para las familias importa porque abre la puerta a la cobertura: con CUD se pueden pedir a la obra social un hogar, un centro de día o un asistente en casa.
Qué es el CUD
- Es un documento público válido en todo el país. Acredita la discapacidad en cualquier trámite donde haga falta.
- Da acceso a los derechos y prestaciones de las Leyes 22.431 y 24.901.
- Es gratis y voluntario.
- Lo decide una junta evaluadora interdisciplinaria, que ve a la persona.
Hoy el organismo nacional a cargo es la Secretaría Nacional de Discapacidad, dentro del Ministerio de Salud. Reemplazó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS): el Decreto 942/2025, publicado el 2 de enero de 2026, dice que el Ministerio de Salud es su continuador. Su línea de consultas es el 0800-555-3472, en días hábiles de 8 a 18.
¿Le corresponde a una persona mayor?
La ley define a las personas con discapacidad como las que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, frente a distintas barreras, les impiden participar plenamente en la sociedad. No habla de edad.
Dos cosas que conviene saber:
- La edad no es el criterio. El certificado se basa en una condición de salud concreta y en cómo afecta la vida diaria.
- El diagnóstico solo no alcanza. La normativa nacional para certificar deficiencias mentales incluye entre los diagnósticos frecuentes la demencia por Alzheimer, la vascular y la asociada al Parkinson. Pero aclara que lo que define el certificado es el perfil de funcionamiento de la persona, no el nombre de la enfermedad.
La consulta oficial agrupa los casos por el origen del problema: intelectual y mental, motor, visual, auditivo, respiratorio, cardiovascular, renal y digestivo. Si tu familiar tiene una demencia, el origen es intelectual y mental. Si lo que lo limita es el movimiento, como pasa con algunas secuelas de un ACV, corresponde motor.
Como la junta mira el funcionamiento, sirve que el informe médico describa qué cosas ya no puede hacer sola la persona: vestirse, bañarse, manejar la plata, salir a la calle.
Qué papeles juntar
Esto es lo que pide la consulta oficial para una persona de 16 años o más. La lista exacta depende del lugar y del tipo de problema de salud.
- DNI de la persona, original y fotocopia.
- Planilla de solicitud del CUD, que se baja de argentina.gob.ar.
- Credencial de la obra social o de PAMI.
- Certificado médico completo o resumen de historia clínica, original y de no más de 12 meses. Tiene que decir:
- el diagnóstico principal;
- los antecedentes y cuánto tiempo lleva la enfermedad;
- el estado actual y las secuelas;
- los tratamientos;
- la firma y el sello del médico o del equipo tratante.
- Para problemas de salud mental o intelectual: si el certificado no tiene todo eso, se sugiere una planilla específica completada por el equipo tratante. Si tenés informes recientes de otros profesionales, como una evaluación neurocognitiva o un informe psicológico, llevalos.
- Para problemas motores: si los tenés, estudios de los últimos 12 meses, como radiografías, tomografías, resonancias o un electromiograma.
- Si un juez designó apoyos o un curador: la resolución judicial y el DNI de esas personas, original y fotocopia.
La junta puede pedir más estudios si con lo que llevás no le alcanza.
Paso a paso
- Hacé la consulta personalizada en argentina.gob.ar ("Cómo obtener el CUD"). Elegís el tipo de trámite (primera vez, renovación o agravamiento), la cobertura, el origen del problema y la localidad. Te dice qué llevar y a dónde ir.
- Pedile al médico el certificado o la planilla y los estudios.
- Pedí el turno en el lugar que te indique la consulta. En algunos lugares hay una "pre junta", que revisa los papeles antes de la evaluación.
- Andá con la persona el día del turno. Tiene que ir ella. Si no puede trasladarse, preguntá antes en la junta qué alternativa hay.
- Retirá el resultado. El certificado, o la denegatoria, lo puede retirar cualquier persona mayor de 18 años con el DNI original de la persona evaluada, en el lugar y la fecha que te indiquen.
El CUD también aparece en formato digital en la app Mi Argentina para quien tiene la identidad validada. Tiene la misma validez que el papel.
Vencimiento. El certificado tiene una vigencia. Antes de que venza, se pide la renovación. Si la persona empeora, existe el trámite de agravamiento, que pide el DNI y el CUD vigente.
Qué derechos da
Según argentina.gob.ar y las leyes:
- Salud: cobertura del 100% de las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) relacionadas con lo que se certificó.
- Transporte: viajes gratis en el transporte público terrestre de jurisdicción nacional, por cualquier motivo. Puede sumarse un acompañante cuando la necesidad está documentada (Ley 22.431, art. 22).
- Estacionamiento: el Símbolo Internacional de Acceso permite estacionar en lugares permitidos, en cualquier vehículo en que viaje la persona.
- Exenciones de peajes e impuestos. Se piden a cada organismo.
- Asignaciones familiares, por ejemplo, la asignación por cónyuge con discapacidad.
- Prestaciones básicas de la Ley 24.901, a cargo de la obra social: centro de día, hogar, asistencia domiciliaria y transporte especial cuando la persona no puede usar el transporte público para ir a su tratamiento.
El CUD y la cobertura de una residencia
El CUD no paga nada por sí solo. Es el documento que te permite pedir. Después hace falta una indicación médica y un pedido por escrito a la cobertura.
- Obra social nacional o prepaga. La Ley 24.901 obliga a cubrir el hogar para personas con discapacidad que no tienen familia o cuya familia no puede contenerlas. Cómo pedirlo y cómo reclamar está en la guía de cobertura de obra social y prepaga.
- IOMA. Desde marzo de 2026, la cobertura de Hogar es para afiliados con CUD. Lo explicamos en la guía de geriátrico por IOMA.
- PAMI. La residencia de larga estadía no pide CUD. Aparte, PAMI tiene un trámite de asistencia a personas con discapacidad (centro de día, club de día, pequeño hogar o residencia) que sí lo pide, junto con un formulario de informe médico. Con CUD, PAMI también cubre el 100% de los medicamentos asociados a la discapacidad y tiene un trámite de transporte para personas con discapacidad.
Si tu familiar tiene una demencia, mirá también la guía de residencias para personas con Alzheimer.
Preguntas frecuentes
¿A mi papá, que tiene Alzheimer, le dan el CUD? Puede ser. La demencia está entre los diagnósticos que evalúan las juntas, pero lo que decide es cuánto le limita la vida diaria. Llevá un informe que lo describa.
¿Cuánto cuesta? Nada. El trámite es gratis.
¿Lo puedo tramitar yo? Podés hacer la consulta, juntar los papeles, pedir el turno y retirar el certificado. A la evaluación tiene que ir la persona.
¿Tiene que firmar ella? La consulta oficial pregunta si la persona firma sola, con apoyos designados por un juez o a través de un curador. Si no está en condiciones de firmar y no hay una sentencia, consultalo con la junta antes del turno.
¿Y si se lo niegan? La junta entrega la denegatoria. Preguntá ahí cómo pedir una revisión y, si hace falta, consultá con una defensoría del pueblo.
¿Sirve para que la obra social pague el geriátrico? Es el primer paso, no el último. Con el CUD, la indicación médica y el pedido por escrito, la obra social tiene que responder.
Si ya tenés el CUD y estás buscando una residencia o un centro de día, usá el buscador o mirá los geriátricos por zona. Si querés ayuda para elegir, escribinos a BienCuidar; es gratis.
Fuentes
- Argentina.gob.ar (Ministerio de Salud – Secretaría Nacional de Discapacidad) – Cómo obtener el Certificado Único de Discapacidad (CUD) (consultado 2026-10-07)
- Argentina.gob.ar – Consulta de requisitos para tramitar el CUD (dónde ir y qué llevar) (consultado 2026-10-07)
- Servicio Nacional de Rehabilitación – Disposición 648/2015: Normativa para la certificación de personas con discapacidad con deficiencia mental e intelectual (27/07/2015)
- Boletín Oficial – Decreto 942/2025: el Ministerio de Salud continúa a la ANDIS y se crea la Secretaría Nacional de Discapacidad (02/01/2026)
- Ley 22.431 – Sistema de protección integral de las personas con discapacidad (texto actualizado: arts. 2, 3 y 22) (consultado 2026-10-07)
- Ley 24.901 – Sistema de prestaciones básicas para personas con discapacidad (texto actualizado: arts. 2, 13, 24, 29, 32 y 39) (consultado 2026-10-07)
- PAMI – Asistencia a personas con discapacidad (consultado 2026-10-07)
- PAMI – Cobertura de medicamentos por discapacidad (consultado 2026-10-07)
- PAMI – Transporte para personas con discapacidad (consultado 2026-10-07)
- IOMA – Resolución 443/2026 del Directorio (cobertura en instituciones para personas con discapacidad, con CUD) (11/03/2026)