Mi mamá no quiere ir al geriátrico: cómo hablarlo y qué opciones hay
Actualizado el 07/10/2026
En resumen: Si tu mamá o tu papá puede entender y decidir, la decisión de ir a una residencia es suya: la ley exige su consentimiento. Lo que sí podés hacer es averiguar qué le preocupa, probar opciones intermedias como un centro de día o una cuidadora, conocer residencias juntos y pedir ayuda a su médico o a una trabajadora social.
Si tu mamá o tu papá puede entender y decidir, la decisión de ir a una residencia es suya. La ley exige su consentimiento. Eso no quiere decir que no puedas hacer nada: podés averiguar qué es lo que le preocupa, probar opciones intermedias, conocer lugares juntos y sumar a su médico o a una trabajadora social. El mejor punto de partida es escucharla y no quitarle el control de su vida.
Esta guía no reemplaza la opinión de un médico ni la de un abogado.
Primero, lo legal: si puede decidir, decide ella
- La Convención Interamericana de Personas Mayores (Ley 27.360, con jerarquía constitucional desde la Ley 27.700) reconoce el derecho de la persona mayor a tomar sus decisiones y a elegir dónde y con quién vivir, sin verse obligada a vivir con arreglo a un sistema de vida específico (art. 7). También pide que el inicio y el fin de los cuidados de largo plazo dependan de su voluntad libre y expresa (art. 12).
- En CABA, la Ley 5670 dice que la persona mayor decide su ingreso y su egreso, y que su decisión expresa alcanza para ingresar, aunque no cuente con el consentimiento de otro responsable. Su consentimiento queda por escrito, y un familiar solo puede reemplazarlo si hubo una declaración judicial de incapacidad.
- En las residencias de PAMI, la persona firma un consentimiento libre e informado. Solo si no puede expresar su voluntad ni comprender de qué se trata pueden firmar sus familiares directos, y solo cuando esperar a un juez podría hacerle daño.
- El Código Civil y Comercial presume la capacidad de toda persona, aunque esté internada (art. 31). Solo un juez puede restringirla, para actos determinados y designando apoyos que la ayuden a decidir, no que decidan por ella (arts. 32 y 43).
En la práctica: convencer no es obligar. Y llevarla "de paseo" a una residencia para dejarla ahí no es una opción: además de romper la confianza, va contra estas normas. Más detalle en la guía de derechos de las personas mayores en residencias.
Por qué dice que no
Cada persona tiene sus razones. Algunas que aparecen seguido:
- Miedo a perder su casa, sus cosas, su barrio y su rutina.
- Miedo a perder el control: decidir qué come, cuándo sale, a quién ve.
- La imagen del asilo. PAMI recuerda en su norma de residencias que la idea de los "asilos para ancianos desamparados" es de mediados del siglo pasado. Aun así, esa imagen puede pesar.
- Miedo a que la familia se aleje.
- No ve el riesgo que ven los demás: no registra las caídas, los olvidos o lo cansada que está la persona que la cuida.
- La plata: qué va a pasar con su jubilación o con su casa.
- Cómo llegó la propuesta. Si la escuchó como una decisión ya tomada, es esperable que se resista.
Antes de dar argumentos, preguntale qué es lo que más le preocupa. La respuesta te dice por dónde seguir.
Cómo hablarlo
- Elegí un momento tranquilo, no en medio de una crisis ni con apuro.
- Hablá de lo que pasa, no de la solución. "Me preocupa que te caíste dos veces este mes" abre la charla. "Tenés que ir a un geriátrico" la cierra.
- Preguntale qué quiere ella y qué no quiere perder. Puede haber acuerdo en lo importante (no estar sola de noche, comer bien) aunque no en el cómo.
- Pónganse de acuerdo entre hermanos antes, para no darle mensajes distintos.
- No le mientas. El consentimiento tiene que pedirse de forma clara y fácil de entender; en CABA, la ley lo dice así.
- Dale tiempo. Casi nunca se resuelve en una sola charla.
- Sumá a alguien en quien confíe: su médico, una amiga, un referente religioso o un vecino. A veces escucha de otro lo que no acepta de un hijo.
Probar opciones intermedias
Según cómo esté, puede alcanzar con apoyos en casa, al menos por un tiempo:
- Centro de día. Va unas horas, come, hace actividades y vuelve a dormir a su casa. Hay centros de día privados y, para afiliados, el de PAMI (general o especializado en deterioro cognitivo). Están explicadas en la guía de hogar de día, y podés buscar centros de día por zona.
- Cuidadora en casa, algunas horas o todo el día. Cuánto cuesta y qué implica está en cuidadora o geriátrico. En CABA existe además un servicio gratuito de asistencia gerontológica domiciliaria para personas de 60 años o más en situación de vulnerabilidad, sin cobertura para esa prestación.
- Una estadía por un tiempo. La ley porteña incluye a los establecimientos que dan alojamiento en forma permanente o transitoria, y PAMI define a sus residencias como lugares donde se vive de forma temporal o permanente. A veces es más fácil aceptar "probar un mes" que "mudarse". Preguntá en cada residencia si lo hacen y en qué condiciones.
Para comparar las alternativas según el nivel de dependencia, leé geriátrico, centro de día o cuidado en casa.
Conocer residencias juntos
- Visiten sin compromiso. Preguntá si puede compartir un almuerzo o una actividad.
- Que elija ella. Armá una lista corta, por ejemplo con las residencias de tu zona, y que decida entre dos o tres. Para PAMI, el consentimiento ya pide anotar al menos tres residencias de preferencia, y la norma dice que la persona tiene que poder conocer la residencia antes de ingresar.
- Mostrale que no es un encierro. En CABA tiene derecho a circular libremente dentro y fuera de la residencia. En la Provincia, a entrar y salir respetando las pautas de convivencia y a recibir visitas, que solo se restringen en el horario de descanso. En las residencias de PAMI, las visitas son todos los días.
- Preguntá por lo que a ella le importa: si puede llevar objetos propios, cómo son los horarios, qué actividades hay. En CABA, si tenía una mascota, la ley permite que la visite en días y horarios acordados, con certificado veterinario.
Para la visita, usá la checklist para elegir un geriátrico.
Cuándo pedir ayuda profesional
Al médico de cabecera o a un geriatra, cuando:
- no tenés claro cuánta ayuda necesita de verdad;
- notás cambios en la memoria, en la conducta o caídas repetidas;
- necesitás que alguien de afuera explique los riesgos con calma.
Para entrar a una residencia de PAMI, un médico tiene que completar una evaluación integral de salud. Y al ingresar, la residencia tiene que hacer una valoración geriátrica integral junto con la persona.
A una trabajadora social, cuando necesitás ordenar recursos y trámites:
- si está internada, el servicio social del hospital: según la Ciudad, cuando la persona está en un hospital, el trámite de derivación es responsabilidad de ese servicio;
- en la agencia de PAMI, que hace la evaluación social para la residencia y el Centro de Día;
- en el área de personas mayores de tu municipio.
Si ya no puede decidir
Si tiene una demencia avanzada u otra condición que le impide entender, la situación cambia, pero no queda en manos de la familia sin más. Antes de firmar nada en su nombre, consultá con un abogado o una defensoría: hay que ver si existe una sentencia que restrinja su capacidad y qué dice. Lo ampliamos en la guía de geriátricos para personas con Alzheimer.
Si todavía puede decidir, vale la pena hablar de las directivas anticipadas. El Código Civil y Comercial permite que una persona capaz deje indicado qué tratamientos acepta y quién va a dar el consentimiento si un día no puede (art. 60).
La culpa
Sentir culpa no quiere decir que estés haciendo algo mal. Algunas ideas que pueden ayudar:
- Cuidar no es hacerlo todo vos. Una residencia, un centro de día o una cuidadora también son formas de cuidar.
- Respetar su decisión también es cuidarla. La norma de PAMI lo dice así: las personas mayores tienen derecho a mantener el control sobre sus vidas, asumir ciertos riesgos calculados y tomar sus propias decisiones.
- Decí en voz alta lo que podés sostener y lo que no: tiempo, plata y tu propia salud. Es información, no un reproche.
Preguntas frecuentes
¿Puedo internar a mi mamá en un geriátrico sin su consentimiento? Si puede entender y decidir, no. La Convención, la ley porteña y las normas de PAMI exigen su consentimiento. Si no puede decidir, consultá con un abogado o una defensoría antes de firmar nada.
¿Cómo convenzo a mi papá de ir a un geriátrico? Más que convencerlo, escuchá qué le preocupa, probá opciones intermedias como un centro de día o una cuidadora, conozcan residencias juntos y dejá que elija. Su médico puede ayudar a explicar los riesgos.
¿Y si vive sola, se cae y no acepta ayuda? Hablalo con su médico y con una trabajadora social, y proponé apoyos en casa. Si hay una emergencia, llamá al 911.
¿Puede irse si no le gusta? Sí. En CABA la ley le reconoce el derecho a decidir su egreso, y la Convención pide que el fin de los cuidados de largo plazo dependa de su voluntad.
¿Tengo que tener un poder o una sentencia para ayudarla con los trámites? Para acompañarla, no, y el trámite de residencia de PAMI lo puede iniciar un familiar. Para firmar en su nombre, en general hace falta un poder o una designación judicial; consultá con un abogado o una defensoría.
Si querés pensar opciones para tu caso, escribinos a BienCuidar; es gratis.
Fuentes
- OEA – Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (arts. 7 y 12) (15/06/2015)
- InfoLEG – Ley 27.360 (aprueba la Convención Interamericana de Personas Mayores) (31/05/2017)
- Boletín Oficial – Ley 27.700 (jerarquía constitucional de la Convención) (30/11/2022)
- Código Civil y Comercial de la Nación (arts. 31, 32, 43 y 60) (consultado 2026-10-07)
- Ley 5670 CABA – Establecimientos para personas mayores (arts. 3, 5 y 29) (13/12/2016)
- Ley 6645 CABA – Modifica la Ley 5670 (nuevo art. 4: visitas de mascotas) (06/06/2023)
- Ley 14.263 Provincia de Buenos Aires – Establecimientos geriátricos (art. 5) (2011)
- INSSJP – RESOL-2023-896-INSSJP-DE (consentimiento, principio de autonomía, conocer la residencia antes, visitas, valoración geriátrica integral) (05/07/2023)
- PAMI – Anexo III: Consentimiento libre e informado (consultado 2026-10-07)
- PAMI – Centro de Día (consultado 2026-10-07)
- GCBA – Asistencia gerontológica domiciliaria (consultado 2026-10-07)
- GCBA – UERyREG: preguntas frecuentes (derivación desde un hospital) (consultado 2026-10-07)