Restricción de la capacidad y curatela
La capacidad de una persona adulta se presume, aunque esté internada. Solo un juez puede restringirla, para actos determinados, y en ese caso designa apoyos; la sentencia se revisa como máximo cada tres años. La incapacidad, con un curador que actúa por la persona, es el último recurso, para cuando no puede expresar su voluntad de ningún modo. En el proceso, la persona tiene derecho a un abogado, que el Estado le da si no puede pagarlo.
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Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación (arts. 31, 32 y 40)