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Cuidado en casa

Cómo elegir una cuidadora: preguntas para la entrevista

Publicado el 08/10/2026 · Equipo editorial de BienCuidar

En resumen: Antes de entrevistar, anotá qué necesita tu mamá o tu papá y en qué horarios. En la entrevista, preguntá por casos concretos, pedí al menos dos referencias y llamalas vos. Acordá por escrito tareas y horarios, y registrala en ARCA antes de que empiece: desde marzo de 2026 el período de prueba es de 6 meses, pero corre con la relación ya registrada.

Elegir a la persona que va a cuidar a tu mamá o a tu papá es una decisión de confianza, y muchas veces se toma con apuro. Una entrevista bien preparada te ayuda a comparar candidatas con los mismos criterios y a detectar a tiempo lo que no cierra. Acá van las preguntas, cómo chequear referencias y lo que dice la ley sobre la prueba y el registro.

Antes de la entrevista: qué necesitás

Anotá, en una hoja, un día típico de tu mamá o tu papá:

  • qué ayuda necesita: levantarse, bañarse, vestirse, comer, caminar, ir a turnos;
  • en qué horarios, y si hace falta alguien de noche o los fines de semana;
  • si hay tareas de salud, como curaciones, sondas o inyecciones.

Las tareas de salud no son de una cuidadora. La Ley 26.844 incluye en su régimen el cuidado no terapéutico y deja afuera el que exige una habilitación profesional, como el de enfermería. La diferencia está explicada en la guía acompañante terapéutico, cuidadora o enfermera. Para describir cuánta ayuda necesita, sirven las escalas de dependencia, como el índice de Barthel.

Definí también si buscás a alguien con retiro (va y vuelve) o sin retiro (vive en la casa), y cuánto podés pagar. Los mínimos vigentes están en la calculadora de cuidadora.

Preguntas sobre experiencia

Pedí ejemplos concretos, no respuestas generales:

  • ¿Con qué personas trabajaste antes? ¿Qué necesitaban?
  • ¿Cuidaste a alguien con demencia? ¿Qué hacías cuando no quería bañarse o comer?
  • ¿Ayudaste a alguien a pasar de la cama a la silla? ¿Cómo lo hacías?
  • ¿Qué harías si se cae y no se puede levantar?
  • ¿Qué hacés si notás algo raro, como fiebre o mucha confusión?
  • ¿Hiciste algún curso de cuidador domiciliario o de auxiliar gerontológico? ¿Dónde?
  • ¿Por qué terminaron tus trabajos anteriores?

Fijate también en cómo habla de las personas que cuidó: con respeto o con fastidio.

Referencias: cómo chequearlas

Pedí al menos dos referencias de familias para las que haya trabajado, con nombre y teléfono, y llamalas vos. El NIA recomienda pedir referencias y averiguar si hubo quejas cuando se contrata cuidado en el hogar. Algunas preguntas para hacer:

  • ¿Cuánto tiempo trabajó con ustedes y qué tareas hacía?
  • ¿Era puntual? ¿Faltaba seguido? ¿Avisaba?
  • ¿Cómo trataba a la persona que cuidaba?
  • ¿Por qué terminó la relación? ¿La volverían a contratar?

Desconfiá si las referencias son vagas o si nadie atiende nunca. Si hizo un curso, podés llamar a la institución para confirmarlo.

Otros datos que conviene pedir:

  • DNI y CUIL, porque los vas a necesitar para registrarla.
  • Certificado de antecedentes penales. Lo emite el Registro Nacional de Reincidencia y la propia persona lo puede tramitar en línea.

Tareas y límites

Acordá desde el principio, y por escrito, qué va a hacer y qué no:

  • higiene, vestido, comidas, acompañamiento, salidas, turnos médicos;
  • si también va a cocinar o limpiar para toda la casa (según ARCA, quien hace tareas de más de una categoría queda en la de la tarea principal que hace habitualmente);
  • qué hace con la medicación: lo que indique el médico tiene que estar claro y anotado;
  • a quién llama y qué hace ante una urgencia.

La ley no exige un contrato escrito: rige la libertad de formas. Pero una hoja firmada por las dos partes evita malentendidos.

Horarios y condiciones

Explicá el horario con claridad y chequeá que entre en la ley. La Ley 26.844 fija:

  • un máximo de 8 horas por día o 48 por semana;
  • un descanso semanal de 35 horas desde el sábado a las 13;
  • para quien trabaja con retiro, al menos 12 horas entre una jornada y la siguiente;
  • para quien vive en la casa, 9 horas seguidas de descanso de noche, 3 horas al mediodía y una habitación propia;
  • un recargo del 50% por horas extra en días comunes y del 100% los sábados después de las 13, domingos y feriados;
  • que el empleador ponga la ropa y los elementos de trabajo y la alimentación según la jornada.

Si la persona necesita compañía de noche o los fines de semana, una sola cuidadora no alcanza. Lo explicamos en la guía de cuidadora cama adentro.

Período de prueba: 6 meses, y registrada

Desde el 6 de marzo de 2026, la Ley 27.802 cambió el artículo 7 de la Ley 26.844. Hoy, el contrato por tiempo indeterminado se considera a prueba durante los primeros 6 meses. Antes eran 30 días para la cuidadora sin retiro y 15 días de trabajo para la que trabajaba con retiro.

Durante la prueba, cualquiera de las dos partes puede terminar la relación sin dar motivos y sin indemnización. No se puede usar el período de prueba más de una vez con la misma persona.

Lo que la prueba no permite es tenerla sin registrar:

  • El alta en ARCA se hace hasta el día anterior a que empiece a trabajar.
  • La ART tiene que cubrirla desde el primer día.
  • Si la relación termina, igual corresponde pagar lo trabajado y la parte proporcional del aguinaldo, y hacer la baja en ARCA dentro de los 5 días corridos.

El paso a paso está en cómo registrar a una cuidadora en ARCA.

Señales de alarma

En la entrevista:

  • no tiene referencias o no quiere que las llames;
  • no quiere que la registres, o te pide que no figure en ningún papel;
  • se ofrece a manejar tarjetas, cuentas bancarias o la jubilación;
  • no sabe qué haría ante una caída o una urgencia;
  • habla de la persona mayor como si no estuviera, o con desprecio.

Después de contratarla, el NIA describe señales que justifican prestar atención: moretones o lastimaduras sin explicación, pérdida de peso, falta de higiene, retraimiento, que falten los anteojos, los audífonos o la dentadura, o que haya cuentas sin pagar a pesar de tener dinero. Si notás algo así, hablá a solas con tu mamá o tu papá y actuá.

Si contratás por una agencia y la cuidadora es empleada de esa empresa, queda fuera del régimen de casas particulares: la relación laboral es con la empresa, no con vos. Antes de firmar, el NIA aconseja reunir toda la información sobre servicios, costos, condiciones y restricciones. Pedí por escrito qué incluye el precio y qué pasa si la cuidadora falta.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura el período de prueba de una cuidadora? Desde el 6 de marzo de 2026 son los primeros 6 meses del contrato por tiempo indeterminado, según el artículo 7 de la Ley 26.844 modificado por la Ley 27.802.

¿Puedo tomarla a prueba sin registrarla? No: el alta en ARCA se hace hasta el día anterior a que empiece, y el período de prueba corre con la relación ya registrada y con ART.

¿Puedo pedirle el certificado de antecedentes penales? Sí, podés pedírselo; lo tramita ella misma ante el Registro Nacional de Reincidencia, y se puede hacer en línea.

¿Una cuidadora puede hacer curaciones o poner inyecciones? Las tareas que requieren habilitación profesional, como las de enfermería, quedan fuera de la categoría de cuidadora y las tiene que hacer un profesional.

Si después de las entrevistas ves que el cuidado en casa no alcanza, la guía cuidadora o geriátrico compara costos y situaciones.

Fuentes

  1. Ley 26.844 – Régimen de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, texto actualizado (arts. 2, 3, 6, 7, 14, 15, 19, 25 y 28; art. 7 sustituido por la Ley 27.802, B.O. 06/03/2026) (consultado 2026-10-08)
  2. Ley 26.844 – texto original (art. 7, período de prueba anterior) (consultado 2026-10-08)
  3. ARCA – Contrato de trabajo y período de prueba (casas particulares) (consultado 2026-10-08)
  4. ARCA – Escala de salarios de septiembre de 2026 (categorías y regla para tareas de más de una categoría) (consultado 2026-10-08)
  5. ARCA – Aseguradora de Riesgos de Trabajo (casas particulares) (consultado 2026-10-08)
  6. AFIP (hoy ARCA) – Resolución General 3491/2013, Apéndice I (plazos de alta y baja en el registro de casas particulares) (consultado 2026-10-08)
  7. Ministerio de Justicia – Registro Nacional de Reincidencia: Certificado de Antecedentes Penales (consultado 2026-10-08)
  8. National Institute on Aging (NIA) – Obtener ayuda para cuidar a la persona con la enfermedad de Alzheimer (contratar servicios de cuidado en el hogar) (texto revisado el 1 de julio de 2025; consultado 2026-10-08)
  9. National Institute on Aging (NIA) – Maltrato y abuso de las personas mayores (señales) (texto revisado el 29 de julio de 2020; consultado 2026-10-08)

La información de este artículo es general y no reemplaza la consulta con profesionales.