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Acompañante terapéutico, cuidadora o enfermera: qué hace cada uno y cuál necesita una persona mayor

Actualizado el 08/10/2026

En resumen: La cuidadora ayuda en la vida diaria; la enfermera y la auxiliar de enfermería hacen tareas de salud y necesitan matrícula; el acompañante terapéutico (AT) trabaja dentro de un tratamiento, lo indica un psiquiatra o un psicólogo y no se ocupa de la higiene ni de la medicación. No encontramos una ley nacional del AT: lo que se le exige depende de cada provincia.

Cuando una persona mayor necesita ayuda en casa, aparecen cuatro figuras que suelen confundirse: la cuidadora (o el cuidador) domiciliaria, la auxiliar de enfermería, la enfermera y el acompañante terapéutico (AT). La regla corta: la cuidadora ayuda en la vida diaria, la enfermería se ocupa de las tareas de salud, y el AT trabaja dentro de un tratamiento, por indicación de un psiquiatra o de un psicólogo.

Los cuatro, de un vistazo

Qué hace Qué no hace Formación
Cuidadora domiciliaria Ayuda a levantarse, bañarse, vestirse, comer y moverse; acompaña Tareas de enfermería Curso de cuidador domiciliario o de auxiliar gerontológico
Auxiliar de enfermería Cuidados de enfermería planificados por un enfermero y bajo su supervisión Trabajar sin esa supervisión Certificado de auxiliar de enfermería, con matrícula
Enfermera o enfermero Evalúa y resuelve situaciones de salud dentro de su competencia Tareas fuera de lo que habilita su título Título terciario o universitario, con matrícula
Acompañante terapéutico Sostiene un tratamiento en la vida cotidiana, junto con el profesional que lo indicó Higiene, comidas, pañales o supervisar la medicación (según IOMA) Curso o tecnicatura; la matrícula depende de la provincia

La cuidadora o el cuidador domiciliario

Ayuda con lo de todos los días. La Ley 26.844, de casas particulares, incluye en su régimen la asistencia personal, el acompañamiento y el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad, y deja afuera el cuidado exclusivamente terapéutico o que exige una habilitación profesional. Por eso a la enfermera y al AT no se los contrata como personal de casas particulares. Cuánto cobra una cuidadora está en la calculadora y, si vive en la casa, en la guía de cuidadora cama adentro.

La formación. El registro nacional de cuidadores domiciliarios pide un certificado de cuidador domiciliario de 200 horas o más, o un título similar, como auxiliar gerontológico, con un perfil "sociosanitario, no terapéutico", y aclara que no admite perfiles de acompañante terapéutico, auxiliar de enfermería ni enfermero.

Enfermera, enfermero y auxiliar de enfermería

La Ley nacional 24.004, de ejercicio de la enfermería, reconoce dos niveles:

  • Profesional: identifica y resuelve situaciones de salud y enfermedad dentro de su competencia. Requiere un título universitario o terciario.
  • Auxiliar: aplica técnicas de cuidado planificadas por el nivel profesional y bajo su supervisión. Requiere el certificado de auxiliar de enfermería.

Los dos niveles necesitan matrícula, y la ley prohíbe que quien no está comprendido en ella haga las tareas propias de la enfermería. Esa ley se dictó para la Capital Federal y el ámbito nacional; la Provincia de Buenos Aires tiene la suya, la Ley 12.245.

Cuándo hace falta (criterio práctico): curaciones, sondas, ostomías, medicación inyectable o controles que indicó el médico. Si sale de una internación así, mirá qué hacer con el alta hospitalaria.

El acompañante terapéutico (AT)

Trabaja dentro de un tratamiento, por indicación y en coordinación con el psiquiatra, el psicólogo o el equipo que atiende a la persona. La Ley de Salud Mental lo nombra: dice que la medicación nunca debe usarse "para suplir la necesidad de acompañamiento terapéutico o cuidados especiales". Según la norma de IOMA, sus objetivos incluyen propiciar la autonomía, fortalecer los lazos sociales y trabajar para evitar una internación o acompañar la salida de una.

Con una persona mayor, puede tener sentido cuando quien la trata (por una depresión, un cuadro psiquiátrico o una demencia con cambios de conducta) considera útil que alguien la acompañe a sostener rutinas, salidas y vínculos. La ley de Misiones lo prevé para personas con trastornos mentales o enfermedades neurodegenerativas, sin distinción de edad. La decisión es del equipo tratante.

Lo que no hace. Según la norma de IOMA, el AT no hace tareas de enfermería ni de asistencia permanente en la vida diaria: no cambia pañales, no prepara comidas, no se ocupa de la higiene ni supervisa que la persona tome la medicación. La ley de Misiones le prohíbe recetar. Un AT no reemplaza a una cuidadora.

¿Hay una ley del acompañante terapéutico?

Al 8 de octubre de 2026 no encontramos una ley nacional: hay proyectos en el Congreso, y uno de 2025 describe la actividad como un área con "vacíos normativos". Lo que se exige depende de cada provincia:

  • Río Negro (Ley G 4624) y Misiones (Ley XVII N.° 195) tienen leyes propias. En Río Negro, el AT se matricula en el Ministerio de Salud provincial.
  • En la Provincia de Buenos Aires no encontramos una ley. El Ministerio de Salud creó en 2022 una matrícula de Técnico en Acompañamiento Terapéutico, para quienes hicieron la tecnicatura superior, y el REAT (Registro Específico de Acompañantes Terapéuticos), para quienes hicieron el curso de formación profesional.

Antes de contratar, pedí el título o certificado y la matrícula o registro que corresponda en tu provincia.

Quién cubre cada uno

Cuidadora. La paga la familia, salvo que haya una ayuda. PAMI da un subsidio parcial para auxiliar domiciliario e IOMA reconoce horas de cuidador: está en la guía cuidador domiciliario por PAMI o IOMA. Con Certificado Único de Discapacidad (CUD), la obra social o la prepaga tiene que cubrir la asistencia domiciliaria que indique su equipo interdisciplinario (Ley 24.901); mirá la guía del CUD para personas mayores.

Enfermería. PAMI tiene internación domiciliaria para cuadros agudos o subagudos, con tiempos y límites definidos; la pide el médico. IOMA tiene una prestación de enfermería domiciliaria. Con otra obra social o prepaga, pedí la indicación médica y la respuesta por escrito.

Acompañante terapéutico.

  • IOMA: para mayores de 18 años lo prevé en el domicilio si la persona tiene CUD (y lo reserva para quienes ya pasaron por dispositivos educativos con apoyo y no pueden trabajar de forma autónoma) o para salir de una internación por salud mental. Pide una indicación de un psicólogo o un psiquiatra de los últimos 60 días y autoriza hasta 100 horas por mes. No lo cubre en hogares ni centros de día. Con una persona mayor, preguntá en la delegación antes de armar el pedido.
  • Obra social nacional o prepaga: con CUD, tienen que cubrir las prestaciones básicas de la Ley 24.901 que necesite la persona (las prepagas, por la Ley 26.682), pero ni esa ley ni el nomenclador nacional nombran al AT. El nomenclador sí tiene una "prestación de apoyo" ambulatoria, de hasta seis horas semanales, que complementa otra prestación. Presentá el pedido con la indicación del equipo tratante; si lo niegan, mirá cómo reclamar en la guía de cobertura de obra social y prepaga.
  • PAMI: no encontramos el AT entre sus trámites. Sí tiene atención en psicología y psiquiatría con el prestador asignado, un Centro de Día especializado en demencias y el subsidio para auxiliar domiciliario.

Cómo elegir

  1. Anotá qué necesita en un día común. Si es ayuda para bañarse, vestirse, comer o moverse, buscás una cuidadora. Las escalas de dependencia te ayudan a describirlo.
  2. Separá las tareas de salud. Si hay curaciones, sondas o inyecciones, hace falta enfermería.
  3. Si el problema es de conducta o de ánimo, hablá con el psiquiatra o el psicólogo que la atiende. El AT se suma si el equipo lo indica.
  4. Combiná si hace falta, en horarios distintos, y a cualquiera de ellos pedile el título, la matrícula o el registro y referencias.

Si las noches se vuelven difíciles o hacen falta varias personas por día, una residencia puede ser más segura. Para demencias, mirá la guía de residencias para personas con Alzheimer; en CABA, las residencias con soporte psiquiátrico son las de categoría D.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un acompañante terapéutico y una cuidadora? La cuidadora ayuda en la vida diaria, por ejemplo a bañarse, vestirse o comer. El AT trabaja dentro de un tratamiento indicado por un psiquiatra o un psicólogo y, según las normas de IOMA, no se ocupa de la higiene, las comidas ni la medicación.

¿Hay una ley nacional del acompañante terapéutico? No encontramos una al 8 de octubre de 2026: hay proyectos en el Congreso. Río Negro y Misiones tienen leyes propias, y en la Provincia de Buenos Aires hay una matrícula y un registro del Ministerio de Salud.

¿PAMI cubre un acompañante terapéutico? No lo encontramos entre los trámites de PAMI. PAMI sí tiene atención en psicología y psiquiatría, centros de día especializados en demencias y un subsidio parcial para auxiliar domiciliario.

¿IOMA cubre el acompañante terapéutico para una persona mayor? Lo prevé en el domicilio para personas con CUD, con criterios estrictos, o como apoyo para salir de una internación por salud mental, con indicación de un psicólogo o un psiquiatra. Preguntá en la delegación antes de pedirlo.

¿Una cuidadora puede hacer curaciones? No. Su categoría es de cuidado no terapéutico, y la ley de enfermería prohíbe que haga tareas propias de la enfermería quien no tiene el título y la matrícula.

Si el cuidado en casa ya no alcanza, podés ver residencias en el buscador o escribirnos a BienCuidar; es gratis.

Fuentes

  1. Ley 26.844 – Régimen de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (texto actualizado, arts. 2 y 3) (consultado 2026-10-08)
  2. Ley 24.004 – Ejercicio de la enfermería (arts. 1, 3, 4, 5, 6 y 12) (consultado 2026-10-08)
  3. Ley 12.245 Provincia de Buenos Aires – Ejercicio de la enfermería (consultado 2026-10-08)
  4. Ley 26.657 – Derecho a la protección de la salud mental (art. 12) (consultado 2026-10-08)
  5. Ley 24.901 – Sistema de prestaciones básicas para personas con discapacidad (texto actualizado, arts. 2 y 39 inc. d) (consultado 2026-10-08)
  6. Ley 26.682 – Marco regulatorio de medicina prepaga (texto actualizado, art. 7) (consultado 2026-10-08)
  7. Resolución 428/1999 (ex Ministerio de Salud y Acción Social) – Nomenclador de prestaciones básicas para personas con discapacidad, texto actualizado (punto 2.3.1, prestaciones de apoyo) (consultado 2026-10-08)
  8. Argentina.gob.ar – Inscribirse al Registro Nacional de Cuidadores Domiciliarios (requisitos) (consultado 2026-10-08)
  9. Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires – Resolución 592/2022 (matrícula de Técnico en Acompañamiento Terapéutico y Registro Específico de Acompañantes Terapéuticos, REAT) (01/06/2022)
  10. IOMA – Resolución 2074/2025 del Directorio: prestación de Acompañante Terapéutico (Anexos I, III y IV) (04/08/2025)
  11. IOMA – Resolución 490/2021 (valores de acompañante terapéutico, cuidador domiciliario y enfermería domiciliaria) (consultado 2026-10-08)
  12. Legislatura de Río Negro – Ley G 4624, del ejercicio del acompañante terapéutico (consultado 2026-10-08)
  13. Digesto de Misiones – Ley XVII N.° 195, ejercicio profesional del acompañamiento terapéutico (consultado 2026-10-08)
  14. Cámara de Diputados de la Nación – Proyecto de ley de regulación del ejercicio profesional del acompañamiento terapéutico (2025) (2025)
  15. PAMI – Atención en psicología y psiquiatría (consultado 2026-10-08)
  16. PAMI – Internación domiciliaria (consultado 2026-10-08)
  17. PAMI – Centro de día (general y especializado en deterioro cognitivo, Alzheimer y otras demencias) (consultado 2026-10-08)
  18. PAMI – Subsidio para auxiliar domiciliario (consultado 2026-10-08)
  19. Argentina.gob.ar (Derecho Fácil) – Programa Médico Obligatorio (salud mental) (consultado 2026-10-08)