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¿APROSS cubre el geriátrico? Reintegro, CUD, cuidador y cómo pedirlo

Actualizado el 11/10/2026

En resumen: Por la edad, APROSS no le paga la cuota a la residencia: tiene un reintegro mensual por internación geriátrica (hogarizados). La familia paga, presenta la factura y APROSS devuelve una parte en la cuenta del titular; el monto no está publicado. Si la persona tiene CUD con orientación hogar, también existe la vía del sistema de discapacidad (SAID).

APROSS, la obra social de la Provincia de Córdoba, no publica una cobertura que pague el geriátrico entero por la edad. Lo que sí tiene es un reintegro por internación geriátrica, que APROSS llama "hogarizados": la familia le paga a la residencia y después le pide a APROSS que le devuelva una parte, mes a mes. Si la persona tiene Certificado Único de Discapacidad (CUD), hay además una vía por el sistema de discapacidad.

Esta guía es informativa. No reemplaza lo que te digan en APROSS ni el consejo de un abogado.

Qué cubre APROSS y qué no

Lo que cubre. APROSS publica un trámite de reintegro para afiliados hogarizados, es decir, que viven en un hogar o residencia. El formulario se llama "Solicitud de reintegro por internación geriátrica" y APROSS lo actualizó en agosto de 2026.

  • Es un reintegro: APROSS no le paga a la residencia. La familia paga y presenta la factura.
  • El dinero se deposita en la cuenta bancaria del afiliado titular.
  • La residencia tiene que tener la habilitación vigente de RUGEPRESA, que es quien habilita los geriátricos en Córdoba.

Lo que no sabemos. APROSS no publica cuánto reintegra por mes ni qué condiciones de salud o de ingresos mira. En 2013, el Gobierno de Córdoba lo presentaba como un reintegro mensual de monto fijo para afiliados mayores que viven en hogares. No cuentes con que cubra la cuota entera: preguntá el valor actual antes de firmar con una residencia.

Si la residencia está fuera de Córdoba. La habilitación que pide APROSS es la de RUGEPRESA, que es provincial. Si pensás en un lugar de otra provincia, por ejemplo cerca de un hijo, consultá antes si lo reconocen.

Los papeles para empezar

Según el instructivo de APROSS, la primera vez hay que presentar:

  • El formulario Solicitud de reintegro por internación geriátrica. Lo firman el afiliado titular y la persona responsable, y vale como declaración jurada.
  • El formulario F-02, para que APROSS deposite en una cuenta bancaria.
  • Constancia de CBU del titular, firmada y sellada por el banco.
  • Acta de ingreso a la residencia, firmada y sellada.
  • Certificado de supervivencia, hecho por el médico de la residencia y sellado por la institución.
  • Factura del mes (B o C) con la leyenda "pagado", o recibo autorizado, original y copia.
  • DNI de la persona responsable y un documento que pruebe el vínculo: partida, libreta de familia o poder.
  • Copia de la habilitación de la residencia otorgada por RUGEPRESA.

Si la persona tiene una discapacidad, APROSS pide además el CUD vigente con la orientación "hogarización" escrita en el certificado.

Todo se presenta por Mesa de Entradas (SUAC) en la sede central, Marcelo T. de Alvear 758, Córdoba, o en cualquier oficina de APROSS de la provincia.

Lo que hay que presentar cada mes

El reintegro no es automático. Todos los meses hay que llevar:

  • La factura de la residencia a mes vencido, con la leyenda "pagado".
  • Un certificado de supervivencia del médico de la residencia, del mes que se quiere cobrar.

Se presenta del 1 al 10 de cada mes. Si llega después, APROSS lo paga al mes siguiente. Además, la factura no puede tener más de 90 días desde que se emitió: es el plazo máximo para pedir reintegros que fija la Resolución 215/17 de APROSS.

Si cambia de residencia, hay que presentar una nota con el motivo y los datos de los dos lugares, el acta de ingreso al nuevo, su habilitación de RUGEPRESA y la factura del mes.

Si la persona tiene CUD

APROSS atiende la discapacidad por el SAID (Sistema de Atención Integral de Discapacidad). Para entrar hace falta el CUD, y lo que cubre depende de la orientación que figura en el certificado. Las prestaciones del SAID no pagan coseguro.

El nomenclador del SAID tiene módulos de Hogar. Desde el 1 de septiembre de 2026, según la Resolución 321/2026, APROSS reconoce a sus prestadores, por mes:

  • Hogar permanente: $2.107.239 (categoría A), $1.769.518 (B) y $1.407.283 (C).
  • Hogar permanente con centro de día: $3.276.800 (categoría A).

Son los valores que APROSS paga a los prestadores del SAID, no un reintegro a la familia. Según APROSS, sus prestadores de discapacidad están inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores, y un geriátrico común no siempre lo está. Preguntá en la residencia si atiende por SAID.

Si todavía no tiene el CUD, te explicamos cómo sacarlo en la guía de CUD para adultos mayores. Si la persona necesita vivir en un hogar, contáselo a la junta: la orientación que figure en el certificado es la que después mira APROSS.

Centro de día y cuidador en casa

Centro de día. El SAID incluye centro de día de jornada simple o doble para personas con CUD. Desde septiembre de 2026, la jornada simple categoría A vale $595.990 por mes. No encontramos en APROSS un centro de día para mayores sin CUD. Te contamos cómo funcionan en la guía de hogar de día.

Cuidador. APROSS no publica un programa de cuidador por dependencia. Lo que sí tiene es la internación domiciliaria, una prestación médica que incluye un submódulo de cuidador de 4 o de 12 horas por día. No se combina con el submódulo de enfermería.

  • La pide el médico tratante con un formulario que incluye el diagnóstico, la historia clínica y, si corresponde, el índice de Barthel.
  • Se indica por períodos de uno a seis meses y queda sujeta a autorización.
  • Desde agosto de 2026, APROSS le paga a la empresa $753.346 por mes por 4 horas diarias y $2.260.038 por 12 horas.

Si la familia contrata por su cuenta, mirá cuánto cobra una cuidadora.

Cómo hacerlo, paso a paso

  1. Elegí una residencia habilitada y pedile copia de la habilitación de RUGEPRESA. Te explicamos cómo verificar que un geriátrico esté habilitado.
  2. Preguntá en APROSS cuánto reintegra hoy por mes y si tu caso entra. Centro de Atención al Afiliado: 0800 888 2776.
  3. Juntá los papeles de la lista y pedile a la residencia el acta de ingreso, el certificado de supervivencia y la factura.
  4. Presentá todo en Mesa de Entradas o en cualquier oficina de APROSS.
  5. Repetí cada mes, del 1 al 10, con la factura y el certificado nuevo.

Las delegaciones reciben pedidos de reintegro y asesoran sobre discapacidad. También hacen el seguimiento de los trámites que quedaron en auditoría.

Si no responde o lo niega

  1. Pedí el motivo por escrito y guardá el número de trámite.
  2. Presentá una nota de reclamo en la oficina donde iniciaste el pedido, con copia de todo.
  3. Tené en cuenta que APROSS es una obra social provincial: el reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud es para obras sociales nacionales y prepagas.

Algunas familias, cuando la vía administrativa no alcanza, van a la Justicia. Para eso hace falta un abogado. Si no podés pagarlo, los Centros de Acceso a la Justicia dan orientación legal gratuita.

¿Y si también tiene PAMI?

Si tu familiar es jubilado nacional y tiene PAMI, la residencia de larga estadía de PAMI es otro camino, y no pide CUD. En abril de 2024, APROSS y PAMI firmaron un convenio para ordenar los pagos de los más de 30.000 afiliados que tienen las dos coberturas. Ese convenio no dice nada específico sobre residencias: preguntá en las dos.

Preguntas frecuentes

¿APROSS paga el geriátrico completo? No por la vía de hogarizados: es un reintegro mensual que APROSS no publica, y conviene preguntar el valor antes de elegir la residencia.

¿Hace falta el CUD para el reintegro por hogarizados? APROSS solo pide el CUD con orientación hogarización cuando la persona tiene una discapacidad; para los demás casos, confirmá en la oficina qué evalúan.

¿Puedo elegir cualquier residencia? Tiene que tener la habilitación vigente de RUGEPRESA; sin esa copia, APROSS no da curso al reintegro.

¿Cuándo hay que llevar la factura? Del 1 al 10 de cada mes, a mes vencido, junto con el certificado de supervivencia; la factura no puede tener más de 90 días.

¿APROSS da cuidador domiciliario? Solo dentro de la internación domiciliaria, que indica el médico tratante y autoriza APROSS, con módulos de 4 o 12 horas por día.

¿Dónde lo presento si vivo en el interior? En cualquier oficina de APROSS de la provincia, además de la Mesa de Entradas de la sede central.

Si querés ver residencias de la provincia, mirá los geriátricos de Córdoba. Si querés ayuda para elegir y preguntar si trabajan con APROSS, escribinos a BienCuidar; es gratis.

Fuentes

  1. APROSS – Hogarizados (solicitud y documentación para el reintegro) (consultado 2026-10-11 (página modificada el 2025-02-21))
  2. APROSS – Instructivo para la solicitud de reintegro por hogarización (PDF) (consultado 2026-10-11)
  3. APROSS – Formulario Solicitud de reintegro por internación geriátrica (versión de agosto de 2026, PDF) (consultado 2026-10-11)
  4. APROSS – Formulario F-02, Solicitud de reintegros (PDF) (consultado 2026-10-11)
  5. Gobierno de Córdoba – Apross: cómo gestionar el pago por hogarizados (19/02/2013)
  6. APROSS – Discapacidad: Sistema de Atención Integral de Discapacidad (SAID) (consultado 2026-10-11)
  7. APROSS – Resolución 321/2026: actualiza aranceles del Nomenclador SAID desde el 1 de septiembre de 2026 (PDF) (06/10/2026)
  8. APROSS – Formulario de Internación Domiciliaria (Anexo I, PDF) (consultado 2026-10-11)
  9. APROSS – Resolución 297/2026: actualiza el Nomenclador de Internación Domiciliaria desde agosto de 2026 (PDF) (18/09/2026)
  10. APROSS – ¿Qué trámites podés realizar en una Delegación? (consultado 2026-10-11)
  11. APROSS – Convenio Marco de Asistencia Recíproca entre APROSS y PAMI (26/04/2024)
  12. Ministerio de Justicia – Centros de Acceso a la Justicia (CAJ) (consultado 2026-09-19)