Vacaciones empleada doméstica y cuidadora 2026: días, fechas y pago
Actualizado el 11/10/2026
En resumen: Una empleada doméstica o cuidadora tiene 14 días corridos de vacaciones si su antigüedad es de más de seis meses y hasta cinco años, y más días después. Se toman entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo y se pagan antes de empezar: cobra lo mismo que si trabajara. Si en el año no llegó a trabajar seis meses, le corresponde un día por cada 20 trabajados.
Una empleada doméstica o una cuidadora tiene vacaciones pagas todos los años: 14 días corridos cuando su antigüedad es de más de seis meses y hasta cinco años, y más días a medida que pasan los años. Se toman entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo, empiezan un lunes (o el primer día de la semana en que trabaja) y se pagan antes de que empiecen.
Esta guía vale para todo el régimen de casas particulares (Ley 26.844): limpieza, cocina o cuidado de personas, con retiro o sin retiro, por mes o por hora. Los montos de los ejemplos son mínimos.
En resumen
- Días: 14, 21, 28 o 35 días corridos, según la antigüedad al 31 de diciembre.
- Si no trabajó seis meses en el año: un día por cada 20 días trabajados.
- Pago: cobra lo mismo que si trabajara, pero por adelantado. No hay un plus.
- Cama adentro: si se va de la casa durante las vacaciones, además le pagás la comida y la habitación: al menos el 30% del salario diario por cada día.
- Fechas: las fija el empleador y avisa con 20 días de anticipación.
Cargando la calculadora…
Cuántos días le corresponden
| Antigüedad al 31 de diciembre | Días corridos |
|---|---|
| Más de 6 meses y hasta 5 años | 14 |
| Más de 5 y hasta 10 años | 21 |
| Más de 10 y hasta 20 años | 28 |
| Más de 20 años | 35 |
La antigüedad se cuenta al 31 de diciembre del año al que corresponden las vacaciones. Si entró el 1 de marzo de 2021, para las vacaciones de 2026 tiene 5 años y 10 meses: le tocan 21 días.
Si todavía no trabajó seis meses en el año
Para tener los días completos, tiene que haber trabajado seis meses del año con la regularidad de su horario. Si no llega, le corresponde un día de descanso por cada 20 días de trabajo efectivo, en días corridos.
Para quien trabaja con retiro, el decreto que reglamenta la ley fija además un mínimo según las semanas trabajadas:
| Semanas trabajadas | Días corridos, como mínimo |
|---|---|
| 4 a 7 | 1 |
| 8 a 11 | 2 |
| 12 a 15 | 3 |
| 16 a 19 | 4 |
| Más de 20 | 5 |
Se usa la cuenta que dé más días.
Cuándo se toman
- Entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo siguiente.
- Las fechas las fija el empleador, que tiene que avisarle con 20 días de anticipación.
- Empiezan un lunes o el primer día de la semana en que trabaja. Si ese día es feriado, empiezan el siguiente hábil.
- Ella puede pedir fraccionarlas para usarlas en otra época del año, siempre que un tramo seguido tenga al menos dos tercios de los días que le corresponden.
- Si el empleador no avisa a tiempo, ella puede tomarlas avisándole en forma fehaciente, de modo que terminen antes del 31 de mayo.
Mientras la cuidadora está de vacaciones, alguien tiene que cubrir el cuidado. Si los reemplazos se vuelven difíciles de sostener, la guía cuidadora o geriátrico compara las dos opciones.
Cuánto se paga
Las vacaciones se pagan con la retribución normal y habitual: cobra lo mismo que si hubiera trabajado esos días. Lo que cambia es el momento: se paga antes de que empiecen, y tiene que figurar en el recibo de sueldo.
- Si cobra por mes: se adelanta la parte del sueldo que corresponde a esos días. La calculamos como sueldo ÷ 30 × días de vacaciones. No es un pago extra: el total del mes queda igual.
- Si cobra por hora o por día: se paga lo que habría ganado en las jornadas que le tocaba trabajar durante las vacaciones: jornadas × horas por jornada × valor de la hora.
- Si vive en la casa (sin retiro): si se va durante las vacaciones, o si preferís que no se quede, además le pagás en dinero la habitación y la comida: como mínimo el 30% del salario diario por cada día de vacaciones, también por adelantado. Más sobre esta modalidad en cuidadora cama adentro.
La ley no dice cómo pasar el sueldo mensual a días. Usamos 30 porque las vacaciones son en días corridos. La cuenta de dividir por 25 que usa la Ley de Contrato de Trabajo no está prevista para este régimen.
El aguinaldo se paga aparte: está en la guía de aguinaldo de la empleada doméstica y la cuidadora.
Ejemplos con los mínimos de 2026
Son cuentas nuestras con las escalas de la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (con la corrección de la Resolución 7/2026), categoría "Asistencia y cuidado de personas".
1. Con retiro, mensual, 3 años de antigüedad. Le tocan 14 días. Sale de vacaciones el lunes 14 de diciembre de 2026 y vuelve el lunes 28. Con el mínimo de diciembre: $571.280,64 ÷ 30 × 14 = $266.597,63, que le pagás antes del 14.
2. Cama adentro, 7 años de antigüedad. Le tocan 21 días, del lunes 2 al domingo 22 de noviembre de 2026, y se va a su casa. Con el mínimo de noviembre sin retiro:
- Vacaciones: $619.810,80 ÷ 30 × 21 = $433.867,56.
- Habitación y comida: $619.810,80 ÷ 30 × 30% × 21 = $130.160,27.
- Total, antes del 2 de noviembre: $564.027,83.
3. Por hora, martes y jueves. Trabaja 5 horas los martes y los jueves y tiene 2 años de antigüedad: le tocan 14 días corridos. Si van del lunes 2 al domingo 15 de noviembre, en ese período tenía 4 jornadas (los días 3, 5, 10 y 12). Con el mínimo de noviembre con retiro: 4 × 5 × $4.447,11 = $88.942,20.
4. Entró en agosto. Una cuidadora con retiro empezó el lunes 3 de agosto de 2026, de lunes a viernes. Al 31 de diciembre no llega a seis meses. Si trabajó 100 días, le corresponden 100 ÷ 20 = 5 días corridos. Por semanas (21 semanas) el mínimo también es de 5 días.
Si la relación termina antes de que se las tome
Lo habitual es pagar en la liquidación final las vacaciones que no llegó a tomar, en proporción al tiempo trabajado en el año, y argentina.gob.ar las menciona entre lo que puede corresponder al dar la baja. Pero la Ley 26.844 no tiene una regla propia para esto. Se tomaba de la Ley de Contrato de Trabajo, y desde el 6 de marzo de 2026 la Ley 27.802 la dejó aplicable a casas particulares solo cuando la Ley 26.844 lo dice expresamente.
Por eso la calculadora no lo incluye. Confirmalo con un abogado laboralista. El resto de lo que se paga al terminar está en la guía de despido, renuncia y liquidación final.
Esta guía es información general. En casos especiales (licencias largas, varios empleadores o una relación que no estaba registrada) consultá en ARCA o con un abogado laboralista.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones tiene una empleada doméstica? 14 días corridos con más de seis meses y hasta cinco años de antigüedad; 21 hasta diez años; 28 hasta veinte, y 35 después.
¿Cuándo se pagan las vacaciones de la empleada doméstica? Antes de que empiecen: cobra lo mismo que si trabajara esos días, pero por adelantado.
¿Qué pasa si trabajó menos de seis meses? Le corresponde un día de vacaciones por cada 20 días trabajados; si trabaja con retiro, hay además un mínimo según las semanas trabajadas.
¿Puedo elegir cuándo se toma las vacaciones? Sí. El empleador fija las fechas entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo y tiene que avisar con 20 días de anticipación.
¿Se pueden dividir las vacaciones? Sí, a pedido de ella, siempre que un tramo seguido tenga al menos dos tercios de los días que le corresponden.
¿Se pueden pagar las vacaciones en lugar de tomarlas? La ley prevé que se tomen y no contempla cambiarlas por dinero mientras la relación sigue.
¿A la cuidadora cama adentro se le paga algo más en vacaciones? Si se va de la casa durante las vacaciones, sí: la habitación y la comida se pagan en dinero, al menos el 30% del salario diario por cada día.
Fuentes
- Ley 26.844 – Régimen de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (texto actualizado: arts. 29 a 33) (consultado 2026-10-11)
- Decreto 467/2014 – Reglamentación de la Ley 26.844 (arts. 29 y 30: pago por días y mínimo para el personal con retiro) (consultado 2026-10-11)
- Boletín Oficial – Ley 27.802 de Modernización Laboral (art. 1: ámbito de la Ley de Contrato de Trabajo; Título X: cambios a la Ley 26.844) (06/03/2026)
- ARCA – Casas particulares: Vacaciones (licencia ordinaria) (consultado 2026-10-11)
- Argentina.gob.ar – Casas particulares: aguinaldo y vacaciones (09/12/2024)
- Argentina.gob.ar – Dar de baja a un trabajador de casas particulares (consultado 2026-10-11)
- Boletín Oficial – Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, Resolución 6/2026 (escalas de octubre a diciembre de 2026) (03/09/2026)
- Boletín Oficial – Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, Resolución 7/2026 (corrige la referencia de los Anexos 4 y 5) (18/09/2026)